logo CFIA

Contáctenos: 2103-2500

| |

Servicios solidarios

Le apoyamos para mejorar su bienestar integral.

Subsidio por Defunción de Familiares en Primer Grado

El subsidio por defunción de familiares busca apoyar a las personas colegiadas en el momento de la partida de un familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad.

Corresponde a un único subsidio de ¢500.000,00 al año por persona. El monto es el mismo independientemente del tipo de fallecimiento.

Sobre el monto del subsidio:

  • Se brindará el 100% de este subsidio a quienes hayan aportado, en condición de miembro CFIA, 3 años o más, desde la fecha de incorporación.
  • Se brindará el 50% de este subsidio a quienes hayan aportado menos de 3 años en condición de miembro CFIA, desde la fecha de incorporación.

Consideraciones:

  • Este subsidio aplicará a fallecimientos ocurridos a partir del 2023.
  • La persona colegiada debe estar al día con todos los deberes y compromisos que haya adquirido con Mutualidad CFIA.
  • La persona colegiada deberá realizar la solicitud en un plazo no mayor a tres meses a partir del fallecimiento. La finalidad de este subsidio es apoyar esta emergencia en un plazo cercano a su ocurrencia.
  • Dicho subsidio se otorgará por el fallecimiento de un familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad (padre, madre, hijo (a), pareja). Cuando se trate de casos en unión de hecho no declarada judicialmente, la persona colegiada podrá demostrar la misma mediante declaración jurada debidamente autenticada por notario público, en la cual deberá constar la presencia de dos testigos que den fe de la veracidad de la unión de hecho.
  • El subsidio se otorgará una sola vez en relación con un fallecimiento, por tanto, en caso de que la persona fallecida (no colegiada), tenga parentesco con más de una persona colegiada, solo una de ellas podrá solicitar el subsidio y se hará entrega al primero que aporte los requisitos.
  • En caso de fallecimiento de un colegiado (a), Mutualidad CFIA no desembolsará a favor de ninguna persona el presente beneficio, por cuanto el mismo es excluyente del Beneficio por Fallecimiento. En tal circunstancia se otorgará únicamente el Beneficio por Fallecimiento a quien corresponda.
  • Perderán el derecho a disfrutar del subsidio los miembros del CFIA separados por acuerdo de Junta Directiva General.

Requisitos:

  1. Completar el formulario de solicitud del Subsidio por Defunción de Familiares en Primer Grado.
  2. Presentar ante Mutualidad CFIA:
    a. Copias del documento de identificación del miembro del CFIA y de la persona fallecida.
    b. Certificado de defunción.

Quedará a consideración de Mutualidad CFIA solicitar documentación adicional que respalde la solicitud de este subsidio.

El trámite puede ser realizado de manera digital enviando los requisitos mencionados al correo mutualidad@cfia.cr o presentándolos personalmente en:

  • Edificio Mutualidad CFIA (700 m este del CFIA, contiguo al Pequeño Mundo).
  • Edificio Central del CFIA en Plataforma de Servicios.
  • Oficinas Regionales del CFIA (Liberia, San Carlos, San Ramón, Alajuela, Pérez Zeledón, Guápiles).

Le asesoramos y acompañamos en el proceso

(506) 2103-2500
mutualidad@cfia.cr

Colegios Miembros al CFIA:
logo 1
logo 2
logo 3
logo 4
logo 5